A partir del 5 de octubre de 2026, el documento de control del transporte de mercancías por carretera deberá emitirse en formato digital con lectura mediante código QR. La Ley de Movilidad Sostenible ha fijado el calendario y el sector encara el cambio con dudas más operativas que tecnológicas. Addingplus ha diseñado una plataforma que cubre cinco vías de cumplimiento y se adapta al flujo de trabajo de cada empresa.
Un cambio que no llega de golpe, pero que sí tiene fecha
La obligación no es nueva. La Orden FOM/2861/2012 ya recogía el documento de control, y la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres lo amparaba antes. Lo que cambia el 5 de octubre es el soporte: deja de poder presentarse en papel y tendrá que ser digital, con lectura mediante código QR. Así lo establece la Ley de Movilidad Sostenible, con un horizonte que el sector lleva meses preparando con desigual ritmo.
El peso de la sanción tampoco es menor. La LOTT contempla infracciones graves y muy graves por irregularidad en la documentación obligatoria. Y más allá del importe, la imposibilidad de acreditar un transporte ante la inspección puede inmovilizar un vehículo y desordenar la cadena de suministro del cliente final.
Las preguntas que se repiten en el sector
Conforme se acerca octubre, surgen dudas que se repiten en jornadas y foros profesionales. Quién está obligado a emitir el documento, qué exenciones contempla la norma, cómo se reparte la responsabilidad entre cargador y transportista y qué relación guarda el documento de control digital con la carta de porte digital son las cuatro preguntas más frecuentes.
La normativa exime, entre otros casos, los transportes que no requieren título habilitante, las mudanzas, los vehículos accidentados y la paquetería de última milla. Para el resto, la responsabilidad es compartida: cargadores y transportistas son corresponsables de que el documento se emita y esté disponible ante una inspección. Un cargador no puede delegar el asunto en la empresa de transporte y olvidarse, y viceversa: la trazabilidad jurídica les alcanza a ambos. La custodia digital es de un año desde la fecha del transporte (seis años en el caso de la carta de porte).
Existe además una equivalencia que conviene tener clara. Si la carta de porte digital incluye todos los datos exigidos por el artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 y permite lectura por QR, sustituye al documento de control digital. Una misma pieza cubre las dos obligaciones, lo que ahorra trabajo a quienes ya operan con carta de porte digital.
Joaquín Verdejo, director de operaciones de Addingplus, lo resume desde lo que escucha en las consultas.
"El director de logística entiende perfectamente lo que dice la norma, pero se le quedan dos preguntas sin resolver: cómo le hace llegar al conductor el QR que tendrá que enseñar a la inspección, y cómo demuestra después que el transporte se documentó bien. Ahí es donde entramos nosotros", Joaquín Verdejo, director de operaciones de AddingplusCinco opciones que se adaptan a cada operativa
Addingplus ha articulado su propuesta en torno a una idea: que el cumplimiento se adapte a la operativa de cada empresa, no al revés. La plataforma permite generar, gestionar y entregar el documento de control de transporte digital por cinco vías, todas válidas a efectos legales.
La primera es la aplicación móvil que el conductor lleva en su teléfono. Permite enseñar el QR a la inspección, registrar cambios de tractora o remolque y confirmar entregas con fotografía adjunta. Aporta también trazabilidad de las operaciones y control por GPS del momento y el lugar exacto en el que ocurre cada hito: inicio del trayecto, cambio de tractora, entrega final. Cuando falta cobertura, guarda los datos en local y los sincroniza al recuperar la conexión. Una sola interfaz para todo el flujo del conductor.
Otra alternativa pasa por un enlace que el conductor recibe por WhatsApp. En la modalidad sencilla, el enlace da acceso solo al QR. En la ampliada, abre una versión web desde la que registrar cambios y recoger evidencias, igual que en la app. La diferencia se reduce al funcionamiento sin cobertura y a las funciones de GPS que solo la aplicación incorpora.
Las dos opciones restantes miran al back office. Con la integración por API, el ERP, TMS o WMS de la empresa avisa a Addingplus cada vez que se crea un envío, y el documento de control digital se genera de forma automática. Los cambios posteriores siguen ocurriendo sobre la plataforma, no sobre el sistema del cliente; aunque muchas empresas optan por retroalimentar sus propios sistemas con la información que Addingplus recoge en carretera, datos que hasta ahora les eran inaccesibles. Para empresas con volumen bajo o irregular, queda la carga por fichero o la creación manual desde un panel sencillo.
Un flujo de transporte flexible, no un molde rígido
Las cinco vías comparten una característica clave: el flujo de cada documento lo decide el cliente. La plataforma contempla varios pasos intermedios que cada empresa puede activar o no según su operativa. Hay quien necesita una revisión interna antes de emitir, quien quiere que el conductor confirme la recepción antes de salir, quien añade una validación final del departamento de calidad y quien incluso decide firmar aunque la norma no lo exija. Ningún flujo se impone: la plataforma se ajusta a cómo trabaja realmente cada compañía.
Más allá de cumplir con la obligación
Para muchas empresas, la digitalización del documento de control abre la puerta a posibilidades operativas que con el papel ni siquiera se planteaban. Con la información del transporte estructurada y disponible en tiempo real, es posible conocer al instante qué conductor está realizando cada servicio, registrar el momento y el lugar exactos del cambio de conductor o de la entrega, o actualizar al cliente con el estado del envío sin tener que llamar a nadie.
Más allá del 5 de octubre
La digitalización del documento de control es el primer paso de una hoja de ruta irreversible que culminará con el reglamento europeo eFTI en 2027. Por el camino quedan otros hitos: la carta de porte electrónica, reforzada por el reglamento eIDAS; el eCMR para el transporte internacional; y el propio eFTI, que obligará a leer en formato electrónico todos los datos del transporte. Para el conductor y para el inspector, el cambio es visible: el papel desaparece de la cabina y la inspección pasa a apoyarse en una lectura QR que devuelve la información al instante.
Para las empresas que ahora están eligiendo proveedor, conviene mirar más allá de octubre. Una plataforma que solo resuelva la obligación de 2026 puede convertirse en un parche más adelante. Una opción diseñada con visión de recorrido acompaña el cambio normativo sin necesidad de migrar dos veces.
"Llevamos 20 años trabajando con el sector del transporte y la logística, y hemos visto cómo cada obligación normativa se vive primero como una urgencia y después como una oportunidad para profesionalizar procesos. La digitalización abre por primera vez la posibilidad real de tener visibilidad, control y trazabilidad sobre el transporte, desde que se asigna hasta que se entrega, tanto para transportistas como para cargadores", Marta Delgado, directora de desarrollo de producto y marketing de Addingplus.Quedan menos de cinco meses para el 5 de octubre, pero el margen para decidir bien todavía existe. La normativa marca un único punto de llegada. Lo que sí se puede elegir es el camino.
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